jueves, 29 de junio de 2017


CASOS PRÁCTICOS GRATIFICACIONES POR FIESTAS PATRIAS 2017
REGÍMENES ESPECIALES
CASO N.° 01
Conceptos computables y no computables en régimen de pequeña empresa
La empresa ANGELITO SAC, acogida al régimen de pequeña empresa, tiene un trabajador, quien tiene como ingresos mensuales diverso conceptos. Nos piden determinar su gratificación por Fiestas Patrias.
Fecha de ingreso: 10-08-08
Remuneración básica: S/ 1,500.00
Asignación familiar S/ 85.00
Horas extras percibidas
Durante 2 meses (monto total): S/ 120.00
Bonificación permanente: S/ 200.00
Asignación 1 de mayo: S/ 160.00
Refrigerio: S/ 100.00
Periodo a calcular: 01-01-17 al 30-06-17
Se pide:
a)      Determinar el monto de la gratificación por Fiestas Patrias.
b)      Monto de la bonificación extraordinaria
Desarrollo
1.      Cálculo de la gratificación
Periodo a calcular: 01-01-17 al 30-06-17
Remuneración básica: S/ 1,500.00
Asignación familiar: S/ 85.00
Bonificación permanente: S/ 200.00
Remuneración computable: S/ 1,785.00
Respecto de los conceptos de asignación 1 de Mayo y refrigerio, se puede seña lar que no son base de cálculo (art. 2 de la Ley N.° 27735, art. 19 del D. S. N.º 001-97-TR). Las horas extras, para que sean computables, deberán de haberse percibido tres meses.
Cálculo de la gratificación
Remuneración computable     N.° de meses computables                Total
       S/ 1,785.00          ÷                              6 x 6                                     = S/ 1,785.00
En virtud de lo dispuesto por el artículo 50 del D. S. N.° 013-2013-PRODUCE, los trabajadores de la pequeña empresa tendrán derecho a percibir dos gratificaciones en el año con ocasión de las Fiestas Patrias y la Navidad, siempre que cumplan con lo dispuesto en la normativa correspondiente, en lo que les sea aplicable. El monto de las gratificaciones es equivalente a media remuneración cada una.
En ese sentido: S/ 1,785.00/2 = S/ 892.50
Por ende, la gratificación por Fiestas Patrias del trabajador sería de S/ 892.50.
Cálculo de la bonificación extraordinaria
Monto de S/ 892.50, el aporte de 9 % por concepto de ESSALUD: S/ 80.33
En conclusión:
Gratificación: S/ 892.50
Bonificación extraordinaria: S/ 80.33
CASO N.° 02
Gratificaciones de trabajadores de construcción civil
La empresa MIGUELITO SA se dedica al rubro de construcción civil, tiene trabajadores con las categorías de oficial, peón y operario. Nos preguntan ¿cómo se efectuaría el pago de sus gratificaciones por Fiestas Patrias?
Operario
Fecha de ingreso: 01-01-17
Jornal básico: S/ 61.40
Cálculo de las gratificaciones por Fiestas Patrias
Las gratificaciones equivalen a 40 jornales básicos al año.
S/ 61.40 x 40 = S/ 2,456.00
Pago en forma semanal en razón de sétimos
S/ 2,456 / 7 / 30 x 7 = S/ 81.87
Si hubiésemos calculado la gratificación por un mes, solo deberíamos de haber tenido en cuenta lo siguiente: S/ 2,456 / 7 x 1 = S/ 350.86.
Oficia
Fecha de ingreso: 01-12-16
Jornal básico: S/ 50.30
Cálculo de las gratificaciones por Fiestas Patrias
Las gratificaciones equivalen a 40 jornales básicos al año.
S/ 50.30 x 40 = S/ 2,012.00
Pago en forma semanal en razón de sétimos
S/ 2,012 / 7 / 30 x 7 = S/ 67.07
Si hubiésemos calculado la gratificación por un mes, solo deberíamos de haber tenido en cuenta lo siguiente: S/ 2,012 / 7 x 1 = S/ 287.43.
Peón
Fecha de ingreso: 01-10-16
Jornal básico: S/ 44.90
Cálculo de las gratificaciones por Fiestas Patrias
Las gratificaciones equivalen a 40 jornales básicos al año.
S/ 44.90 x 40 = S/ 1,796.00
Pago en forma semanal en razón de sétimos
S/ 1,796 / 7 / 30 x 7 = S/ 59.87

Si hubiésemos calculado la gratificación por un mes, solo deberíamos de haber tenido en cuenta lo siguiente: S/ 1,796 / 7 x 1 = S/ 256.57.

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