CASOS PRÁCTICOS GRATIFICACIONES
POR FIESTAS PATRIAS 2017
REGÍMENES ESPECIALES
CASO N.° 01
Conceptos
computables y no computables en régimen de pequeña empresa
La empresa ANGELITO SAC,
acogida al régimen de pequeña empresa, tiene un trabajador, quien tiene como
ingresos mensuales diverso conceptos. Nos piden determinar su gratificación por
Fiestas Patrias.
Fecha de ingreso: 10-08-08
Remuneración básica: S/ 1,500.00
Asignación familiar S/ 85.00
Horas extras percibidas
Durante 2 meses (monto total): S/
120.00
Bonificación permanente: S/
200.00
Asignación 1 de mayo: S/ 160.00
Refrigerio: S/ 100.00
Periodo a calcular: 01-01-17 al
30-06-17
Se pide:
a)
Determinar
el monto de la gratificación por Fiestas Patrias.
b)
Monto de la
bonificación extraordinaria
Desarrollo
1. Cálculo de
la gratificación
Periodo a calcular: 01-01-17 al 30-06-17
Remuneración básica: S/ 1,500.00
Asignación familiar: S/ 85.00
Bonificación permanente: S/ 200.00
Remuneración computable: S/ 1,785.00
Respecto de los conceptos de asignación 1 de
Mayo y refrigerio, se puede seña lar que no son base de cálculo (art. 2 de la
Ley N.° 27735, art. 19 del D. S. N.º 001-97-TR). Las horas extras, para que
sean computables, deberán de haberse percibido tres meses.
Cálculo de
la gratificación
Remuneración computable N.° de meses computables Total
S/
1,785.00 ÷ 6 x 6 = S/
1,785.00
En virtud de lo dispuesto por el artículo 50
del D. S. N.° 013-2013-PRODUCE, los trabajadores de la pequeña empresa tendrán
derecho a percibir dos gratificaciones en el año con ocasión de las Fiestas
Patrias y la Navidad, siempre que cumplan con lo dispuesto en la normativa
correspondiente, en lo que les sea aplicable. El monto de las gratificaciones
es equivalente a media remuneración cada una.
En ese sentido: S/ 1,785.00/2 = S/ 892.50
Por ende, la gratificación por Fiestas
Patrias del trabajador sería de S/ 892.50.
Cálculo de
la bonificación extraordinaria
Monto de S/ 892.50, el aporte de 9 % por
concepto de ESSALUD: S/ 80.33
En
conclusión:
Gratificación: S/ 892.50
Bonificación extraordinaria: S/ 80.33
CASO N.° 02
Gratificaciones
de trabajadores de construcción civil
La empresa MIGUELITO SA se dedica al rubro
de construcción civil, tiene trabajadores con las categorías de oficial, peón y
operario. Nos preguntan ¿cómo se efectuaría el pago de sus gratificaciones por
Fiestas Patrias?
Operario
Fecha de ingreso: 01-01-17
Jornal básico: S/ 61.40
Cálculo de
las gratificaciones por Fiestas Patrias
Las gratificaciones equivalen a 40 jornales
básicos al año.
S/ 61.40 x 40 = S/ 2,456.00
Pago en forma semanal en razón de sétimos
S/ 2,456 / 7 / 30 x 7 = S/ 81.87
Si hubiésemos calculado la gratificación por
un mes, solo deberíamos de haber tenido en cuenta lo siguiente: S/ 2,456 / 7 x
1 = S/ 350.86.
Oficia
Fecha de ingreso: 01-12-16
Jornal básico: S/ 50.30
Cálculo de
las gratificaciones por Fiestas Patrias
Las gratificaciones equivalen a 40 jornales
básicos al año.
S/ 50.30 x 40 = S/ 2,012.00
Pago en forma semanal en razón de sétimos
S/ 2,012 / 7 / 30 x 7 = S/ 67.07
Si hubiésemos calculado la gratificación por
un mes, solo deberíamos de haber tenido en cuenta lo siguiente: S/ 2,012 / 7 x
1 = S/ 287.43.
Peón
Fecha de ingreso: 01-10-16
Jornal básico: S/ 44.90
Cálculo de
las gratificaciones por Fiestas Patrias
Las gratificaciones equivalen a 40 jornales
básicos al año.
S/ 44.90 x 40 = S/ 1,796.00
Pago en forma semanal en razón de sétimos
S/ 1,796 / 7 / 30 x 7 = S/ 59.87
Si hubiésemos calculado la gratificación por
un mes, solo deberíamos de haber tenido en cuenta lo siguiente: S/ 1,796 / 7 x
1 = S/ 256.57.
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