Cronograma para la presentación y pago del
ITAN 2017
De acuerdo al artículo 6º de la
Resolución de Superintendencia Nº 071-2005/SUNAT publicada el 02.04.05 y
vigente a partir del 03.04.05 se ha establecido que, la
declaración y pago del ITAN se deberán realizar en los plazos señalados en el
cronograma de vencimientos establecido por la SUNAT para el pago de las
obligaciones tributarias de periodicidad mensual (PDT Nº 621).
Por lo tanto : La declaración y
pago del ITAN se deberán realizar en los plazos señalados en el cronograma
de vencimientos establecido por la SUNAT para el pago de las obligaciones
tributarias de periodicidad mensual.
Esto quiere
decir que no se necesita que se publiquen cronogramas de vencimientos por cada
ejercicio, se entiende por establecido, de acuerdo a la norma anteriormente
citada, que los plazos son los plazos para la declaración y pago de tributos de
liquidación mensual contados a partir del período de marzo que de declarar en
abril de cada ejercicio.
La
presentación de esta declaración jurada y el pago al contado o el de la primera
cuota, se efectuará en los plazos previstos para la declaración y pago de
tributos de liquidación mensual, correspondientes al periodo marzo.
Las cuotas
restantes, de la segunda a la novena, se pagarán en los plazos previstos para
la declaración y pago de tributos de liquidación mensual correspondientes a los
periodos de abril a noviembre. EL CRONOGRAMA
DEL ITAN DEL 2017 ES LA MISMA DEL CRONOGRAMA MENSUAL CORRESPONDIENTE AL PERIODO
MARZO 2017.
muy acertada la información brindada, permitanme dejar un enlace que puede servir de ayuda es una macro que nos ayuda en la elaboración de la Renta Anual 2016 – PDT 0704, les dejo el enlace
ResponderBorrarhttp://hechoenexcel.blogspot.pe/2017/03/macro-para-el-pdt-0704-renta-anual-2016.html