jueves, 2 de marzo de 2017


Cronograma para la presentación y pago del ITAN 2017

De acuerdo al artículo 6º de la Resolución de Superintendencia Nº 071-2005/SUNAT publicada el 02.04.05 y vigente a partir del 03.04.05 se ha establecido que, la declaración y pago del ITAN se deberán realizar en los plazos señalados en el cronograma de vencimientos establecido por la SUNAT para el pago de las obligaciones tributarias de periodicidad mensual (PDT Nº 621).

Por lo tanto : La declaración y pago del ITAN se deberán realizar en los plazos señalados en el cronograma de vencimientos establecido por la SUNAT para el pago de las obligaciones tributarias de periodicidad mensual. 

Esto quiere decir que no se necesita que se publiquen cronogramas de vencimientos por cada ejercicio, se entiende por establecido, de acuerdo a la norma anteriormente citada, que los plazos son los plazos para la declaración y pago de tributos de liquidación mensual contados a partir del período de marzo que de declarar en abril de cada ejercicio.
La presentación de esta declaración jurada y el pago al contado o el de la primera cuota, se efectuará en los plazos previstos para la declaración y pago de tributos de liquidación mensual, correspondientes al periodo marzo.
Las cuotas restantes, de la segunda a la novena, se pagarán en los plazos previstos para la declaración y pago de tributos de liquidación mensual correspondientes a los periodos de abril a noviembre. EL CRONOGRAMA DEL ITAN DEL 2017 ES LA MISMA DEL CRONOGRAMA MENSUAL CORRESPONDIENTE AL PERIODO MARZO 2017.

1 comentario:

  1. muy acertada la información brindada, permitanme dejar un enlace que puede servir de ayuda es una macro que nos ayuda en la elaboración de la Renta Anual 2016 – PDT 0704, les dejo el enlace
    http://hechoenexcel.blogspot.pe/2017/03/macro-para-el-pdt-0704-renta-anual-2016.html

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