domingo, 6 de noviembre de 2016




A partir del 01 de Noviembre es obligatorio realizar la actualización de la información del empleador en el T-Registro, respecto a si cuenta o no con el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo o Supervisor de SST

A partir del 01 de Noviembre es obligatorio realizar la actualización de la información del empleador en el T-Registro, respecto a si cuenta o no con el Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo o Supervisor de SST.

La opción prevista en el T-Registro: NO TIENE , es aplicable para empresas que no tienen trabajadores y solo cuentan con prestadores de servicios de 4ta. categoría.
Por ende, mientras el empleador no cuente con el comité de SST o supervisor de SST no podrá actualizar dicha información.

El día 27 de octubre de 2016 se publicó la Resolución Ministerial N° 260-2016-TR, que modifica la Resolución Ministerial N° 121-2011-TR, con la finalidad de que se incluya en la Planilla Electrónica información referida al cumplimiento de obligaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo, así como al teletrabajo.
 Registro de información sobre seguridad y salud en el trabajo Los empleadores deben declarar en el Registro de Información Laboral de la Planilla Electrónica (T-REGISTRO) la existencia del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo o del Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo. Esta obligación rige a partir del 1 de noviembre de 2016.
 Registro de información del teletrabajador Los empleadores que cuenten con teletrabajadores deben declarar en el T-REGISTRO la modalidad completa o mixta aplicada en la respectiva prestación de servicios. Esta obligación rige a partir del 1 de noviembre de 2016. La información reportada por los empleadores podrá ser fiscalizada por la Autoridad Administrativa de Trabajo competente.
El incumplimiento de dichas obligaciones constituye infracción grave tipificada en el numeral 24.2 del artículo 24 del Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo.



#BustamanteContable

1 comentario:

  1. BUENOS DÍAS. AGRADECERÉ QUE SE RETIREN LAS DOS IMÁGENES USADAS PUESTO QUE HAN SIDO TOMADAS SIN PERMISO DE LA PÁGINA DE TRIBUTACIÓN PRÁCTICA, SE ESTÁN USANDO SIN MENCIONAR SU ORIGEN Y HANS SIDO ALTERADAS. QUEDO A LA ESPERA DE SU COMUNICACIÓN. MI CORREO ES JRVCONSULTOR@GMAIL.COM

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