La participación de los trabajadores en las utilidades de la
empresa es un derecho reconocido a nivel constitucional y su incumplimiento es
considerado como una infracción grave pasible de sanción por parte del
Ministerio de Trabajo y Promoción al Empleo con multas que van de 3 UIT a 50
UIT dependiendo del número de trabajadores afectados.
Los trabajadores pueden además reclamar su pago hasta cuatro
años después de concluido su vínculo laboral con la empresa obligada.
La participación en las utilidades se realiza a través de la
distribución por parte de la empresa obligada de un porcentaje de su renta
anual antes de impuestos.
el monto de la participación en las utilidades se determina y
paga en el mes de marzo de cada año, dado que es el momento en que las empresas
presentan su declaración jurada anual del impuesto a la renta, y determinan
formalmente si obtuvieron renta en el ejercicio gravable.
¿Cómo se realiza?
se deben cumplir dos condiciones:
a) Generar rentas de capital; por lo tanto quedan excluidas
las empresas autogestionarias, las asociaciones sin fines de lucro, las
microempresas y sociedades civiles de responsabilidad limitada.
b) Contar con más de 20 trabajadores.
¿Cómo realizar el cálculo de utilidades para cada trabajador?
1er paso
Determinar la renta anual antes de impuestos.
2do paso
Conocer el porcentaje de utilidad a repartir según el rubro
de mi empresa
Pesqueras, telecomunicaciones e industriales: 10%
Mineras, comercio y restaurantes: 8%
Otras: 5%
3er paso
Realizar la operación del cálculo.
El 50% de las utilidades a distribuir se repartirá en función
a los días efectivamente laborados por cada trabajador. Para tal efecto, la
empresa deberá dividir el 50% de dicho monto, entre la suma total de días
realmente laborados por todos los trabajadores y el resultado que se obtenga,
deberá multiplicarlo por el número de días efectivamente laborados por cada
trabajador. Asumimos que cada uno de los trabajadores de la empresa, ha
laborado 252 días durante el ejercicio económico 2015.
El 50% restante, será distribuido en proporción a las
remuneraciones de cada trabajador. Para tal efecto, la empresa deberá dividir
dicho monto entre la suma total de las remuneraciones de todo el personal que
correspondan al ejercicio y el resultado que se obtenga, deberá ser
multiplicado por el total de las remuneraciones que correspondan a cada
trabajador en el ejercicio.
La
empresa deberá abonar a favor del trabajador y por concepto de participación en
utilidades, el monto resultante de sumar la cantidad final obtenida en A1
(monto obtenido en función a los días efectivamente laborados por el
trabajador) y la cantidad final obtenida en A2 (monto obtenido en función a las
remuneraciones del trabajador). Siguiendo el ejemplo, al trabajador le
corresponderá por concepto de participación en utilidades, S/. 456.12 + S/.
462= S/. 918.12.
#BustamanteContable.
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