Modifican
entrada en vigencia de la Resolución de Superintendencia N° 151-2016/SUNAT que
designa y excluye agentes de retención del impuesto general a las ventas
Sustituyen
anexos y modifican entrada en vigencia de la Resolución de Superintendencia N°
151-2016/SUNAT que designa y excluye agentes de retención del impuesto general
a las ventas.
Con el fin de lograr un adecuado funcionamiento del Régimen de
Retenciones del IGV, mediante la Resolución de Superintendencia N°
180-2016/SUNAT (27.07.2016) se actualiza el padrón de agentes de retención de
acuerdo a lo siguiente:
Se
sustituye el Anexo N° 1 de Resolución de Superintendencia N° 151-2016/SUNAT por
el Anexo N° 1 de la citada resolución.
Se
sustituye el Anexo N° 2 de Resolución de Superintendencia N° 151-2016/SUNAT por
el Anexo N° 2 de la citada resolución.
Además
de ello se sustituye la Única Disposición Complementaria Final de la Resolución
de Superintendencia N° 151-2016/ SUNAT, por el siguiente texto:
“ÚNICA.-
Vigencia
Cabe recordar que la Resolución de
Superintendencia N° 151-2016/ SUNAT publicada el
22/06/2016 entraría en vigencia el primer día calendario del
mes subsiguiente al de su publicación. Por lo cual se modifican entrada en
vigencia recién hasta el 01/09/2016
La
presente resolución entrará en vigencia el 01 de setiembre de 2016.”
Fuente: Diario El Peruano.
Descargar:
http://busquedas.elperuano.com.pe/download/url/sustituyen-anexos-y-modifican-entrada-en-vigencia-de-la-reso-resolucion-no-180-2016sunat-1408853-1
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