Registro de
entrada y salida de trabajadores basta para probar horas extras
La Corte Suprema ha
establecido que los registros de entrada y salida de los trabajadores
constituyen prueba idónea para solicitar el pago de labores en sobretiempo. En
este caso, el empleador estará obligado a pagar las horas extras.
La legislación laboral establece que el trabajo en sobretiempo - es decir, aquel que excede de la jornada ordinaria vigente en el centro de
trabajo— es voluntario tanto en su otorgamiento como en su prestación. En ese
sentido, en caso de acreditarse una prestación de servicios en calidad de
sobretiempo, aún cuando no hubiera disposición expresa del empleador, se
entenderá que esta ha sido otorgada tácitamente; por lo que procederá el pago
de la remuneración respectiva (artículo 9 del Decreto Supremo N° 007-2002-TR).
Para ello, resultan idóneos como medios probatorios los registros de entrada y
salida de los trabajadores.
Este criterio ha sido expuesto por la Corte Suprema en la
Casación Nº 6802-2015 Lima, mediante la cual resuelve el recurso de casación
interpuesto por un trabajador en un proceso ordinario laboral sobre pago de
horas extras.
El caso es el siguiente: Un trabajador demandó a su empleadora,
Petróleos del Perú S.A. (PETROPERÚ S.A.), a fin de que cumpla con abonarle las
remuneraciones por concepto de horas extras. Si bien en primera instancia se
declaró fundada su demanda, la Corte Superior revocó esta decisión al sostener
que el demandante no ha había probado fehacientemente la prestación de labores
más allá de la jornada laboral establecida por la demandada y que si bien
existen registros de la entrada y salida del demandante a su centro de labores,
estos no acreditaban en estricto la labor efectiva sino solo su ingreso a las
instalaciones de la demandada en un día hábil, donde bien podría haber
realizado labores ajenas a su cargo.
La Corte Suprema, en oposición al criterio expuesto por la Corte
Superior, sí considera que los medios probatorios presentados por el actor
—entre ellos, el reporte individual de marcación de asistencia y los informes
periciales donde el perito informa que luego de verificarse los reportes de
ingreso y salida del demandante se aprecia la existencia de una jornada de
trabajo en sobretiempo— son suficientes para acreditar que el demandante
realizó labores efectivas propias de su cargo más de la jornada laboral. En
efecto, conforme a lo dispuesto por el artículo 22 del D.S. N° 008-2002-TR.
acreditado el hecho que el trabajador permaneció en su centro de labores fuera
de su jornada laboral habitual y ante la ausencia de disposición expresa del
empleador, debe presumirse la prestación de servicios en sobretiempo.
Por estas consideraciones, la Corte Suprema declaró fundado el
recurso de casación formulado por el trabajador, ordenando a la empleadora el
pago de horas extras, más los intereses legales, con costas y costos.
Fuente: la Ley.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario