Remuneración e indemnización vacacional
Caso N° 01
Trabajadores que perciben remuneración fija más comisiones
Un grupo de trabajadores de la empresa BUSTAMANTE SAC cumplió con el récord vacacional y el departamento de recursos humanos está procediendo a calcular la remuneración vacacional de tres de sus trabajadores. A continuación, se detalla los conceptos remunerativos de cada trabajador:
Determinar de acuerdo a la legislación laboral las remuneraciones vacacionales de cada trabajador, teniendo en cuenta que los tres trabajadores saldrán 30 días naturales en julio del 2016.
Desarrollo Trabajador 1
Remuneración básica S/ 1,800.00
Asignación familiar S/ 85.00
Comisiones S/ 133.33 Promedio de las 6 últimas comisiones: (200 + 350 + 250 ) / 6 = S/ 133.33
Remuneración vacacional (julio) S/ 2,018,33/12 x 12 = S/ 2,018.33
Remuneración vacacional (julio) S/ 2,018.33
Trabajador 2
Remuneración básica S/ 1,300.00
Asignación familiar S/ 85.00 Comisiones No ingresa, porque no cumple la regularidad de la percepción de los 3 meses durante los 6 meses anteriores al mes del goce vacacional (julio 2016)
Remuneración vacacional (julio) S/ 1,385.00 / 12 x 12 = S/ 1,385.00
Remuneración vacacional (julio) S/ 1,385.00
Trabajador 3
Remuneración básica S/ 2,200.00
Asignación familiar S/ 85.00
Comisiones S/ 158.33 Promedio de las 6 últimas comisiones: (400 + 300 + 250) / 6 = S/ 158.33
Remuneración vacacional (julio) S/ 2443.33 /12 X 12 = S/ 2443.33
Remuneración vacacional (julio) S/ 2443.33
Caso N° 02
Trabajador que no gozó de su descanso vacacional y adquirió el derecho a una indemnización vacacional
El Sra. Pilar Faustino, contador general de una empresa, inició labores el 1 de enero del 2014 hasta el 31 de julio del 2016, ha acumulado dos periodos vacacionales y no hizo efectivo su descanso vacacional. La gerencia ha decidido cancelar el importe de las vacaciones.
Fecha de inicio de trabajo : 01-01-14
Remuneración básica : S/ 4,650.00
Asignación familiar : S/ 85.00
Alimentación principal : S/ 200.00
Desarrollo
Periodos anuales
Los trabajadores, en caso de no disfrutar del descanso vacacional dentro del año siguiente a aquel en el que adquieren el derecho, percibirán tres remuneraciones, (una remuneración por el trabajo realizado, otra por descanso vacacional adquirido y no gozado y una indemnización equivalente a la remuneración). El primero de ellos ya fue otorgado en el mes de labor correspondiente.
El monto de las remuneraciones indicadas será el que se encuentre percibiendo el trabajador en la oportunidad en que se efectúe el pago.
Cálculo de la remuneración vacacional
Periodo anual
Desde el 01-01-2014 hasta el 31-12-2014 = 4,935.00 x 2 = S/ 9,870.003
Desde el 01-01-2015 hasta el 31-12-2015 = S/ 4,935.00
Desde el 01-01-2016 hasta el 31-07-2016 = 4,935.00/12 x 7 = S/ 2, 878.75
Total de pago por concepto de vacaciones: S/ 17,683.75
#BustamanteContable.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario