viernes, 23 de diciembre de 2016



Obligaciones para el 2017-Libros Electrónicos 2017-comprobantes de pago de combustible deben colocar Número de Placa Vehículo.

Libros Electrónicos 2017

Este año nuevas empresas estarán obligadas a llevar sus libros contables de forma electrónica.

Les comparto un pequeño cuadro de las empresas obligadas para el 2017, 2018 .

“Artículo 2°.- SUJETOS OBLIGADOS A LLEVAR LOS REGISTROS DE FORMA ELECTRÓNICA

Numeral 2.4 del Art 2 de RS 361-2015


Para saber si una empresa va estar obligada a usar los libros electrónicos a partir del ejercicio 2017 y en adelante, tendrás que verificar lo siguiente:

1. Hayan obtenido ingresos iguales o mayores a 75 UIT, en el periodo comprendido entre el mes de mayo del año precedente al anterior y abril del año anterior.

2. Se utiliza como referencia la UIT vigente para el año precedente al anterior al del inicio de la obligación.

Por ejemplo:

¿Quiero saber si estoy obligado a usar los libros electrónicos a partir 2017?

Respuesta: Amigo, tienes que sumar tus ingresos del periodo comprendido del mes de Mayo 2015 hasta el mes de Abril de 2016, si superas las 75 UIT, tomando como base la UIT del 2015, estarás obligado.

Esta medición lo tendrás que realizar todos los años, ya que esta obligación se aplica a partir del 2017 hacia delante (no tiene fecha fin, salvo otra modificación más).

Un pequeño cuadro:



Número de Placa Vehículo

A partir del 01 de Enero de 2017, los comprobantes de pago de combustible, deben tener anotado el número de placa del vehículo.

Es recomendable seguir esta política para servicios de mantenimiento, compra de repuestos, peajes, etc.

MODIFICACIONES TRIBUTARIAS RESPECTO A LA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N° 153-2016/SUNAT

Obligación número de placa en comprobantes

A partir del 01 de Enero de 2017 los comprobantes de compra por concepto de combustible deben consignar el número de placa del vehículo.

Recordemos que el año pasado se promulgaron las Resolución Superintendencia 185-2015/Sunaty la Resolución Superintendencia 364-2015/Sunat que regularon la compra de combustible, servicio de mantenimiento de vehículos, reparación  y similares.

Un dato a tener en cuenta es que la obligación del cumplimiento referente a los puntos antes mencionados dependerá del origen de los comprobantes de pago, pudiendo ser:

- Comprobantes Físicos – Imprenta
- Comprobantes Electrónicos – Clave Sol
- Comprobantes Electrónicos – Contribuyente
- Compra de Combustible

Todo comprobante de pago de compra de combustible que se realicen directamente en el tanque del vehículo debe mencionar el número de placa del vehículo.

Esta demás decir que el vehículo debe pertenecer a la empresa ya sea por una compra realizada o por un contrato de alquiler en cesión de uso.

Sobre este ultimo punto, el fiscalizador de sunat, podrá requerir información adicional para la verificación del uso correcto del gasto.

DOCUMENTACIÓN DE SUSTENTO

Revisemos algunos documentos extras que pueden ser solicitados por un fiscalizador de sunat.

Libro de Activos Fijos, es muy probable que tu empresa no cuente con este libro, si la respuesta es afirmativa, te pregunto: ¿Cuál es la obligación para llevar dicho libro?

La factura de compra del vehículo, es importante tener a la mano este comprobante de pago para verificar la propiedad del vehículo.

Tarjeta de propiedad del vehículo, este es el documento clave, donde se verificara el número de placa del vehículo.

El contrato de alquiler de cesión de uso, en caso de no ser el titular del vehículo, este documento será el sustento. Una recomendación es detallar en una cláusula el ¿por qué se realiza dicho contrato? ¿cuál es el propósito?.

Factura de conversión a gas del vehículo, esto es importante para demostrar la compra de GNV o GLP.

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